jueves, 30 de abril de 2009

Deberes Formales de los Contribuyentes

Para comenzar a tratar los deberes formales de los contribuyentes debemos tener claro los siguientes conceptos:


¿Qué son deberes formales?

Son actuaciones explicitas que impone la administración tributaria, a los administrados o contribuyentes, en virtud de las disposiciones que establece el Código Orgánico Tributario y en los preceptos previstos en las leyes y reglamentos.


¿Qué son contribuyentes?
Es aquella persona física o jurídica con derechos y obligaciones, frente a un ente público, derivados de los tributos. Es quien está obligado a soportar patrimonialmente el pago de los tributos (impuestos, tasas o contribuciones especiales), con el fin de financiar al Estado.


¿Cuáles son las obligaciones de los contribuyentes?

El contribuyente tiene frente al Estado dos tipos de obligaciones, que se concretan en cada una de las leyes aplicables a los tributos:


• Materiales: Entendiendo por tales el pago de las obligaciones pecuniarias derivadas de la imposición de tributos por ley.

• Formales: Que pueden abarcar desde llevar una contabilidad para el negocio hasta presentar en tiempo y forma la declaración correspondiente a un impuesto.

Las obligaciones formales son independientes de las materiales, hasta el punto de que un contribuyente puede ser sancionado por no haber cumplido sus obligaciones formales a pesar de haber cumplido sin excepción las materiales (por ejemplo, un contribuyente que no presentó la declaración en fecha, a pesar de que no tenía que pagar nada).


¿Quiénes deben cumplir con los deberes formales?


En el artículo 146 del código orgánico tributario explica quienes deben cumplir con los deberes formales y los cuales se explican a continuación:

1. En el caso de personas naturales, por sí mismas o por representantes legales o mandatarios.

2. En el caso de personas jurídicas, por sus representantes legales o convencionales.

3. En el caso de las entidades previstas en el numeral 3 del artículo 22 de este Código, por la persona que administre los bienes, y en su defecto por cualquiera de los integrantes de la entidad.

4. En el caso de sociedades conyugales, uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer, sucesiones y fideicomisos, por sus representantes, administradores, albaceas, fiduciarios o personas que designen los componentes del grupo y en su defecto por cualquiera de los interesados.

Una vez conocidos cada uno de los conceptos dispuestos en la Ley del Codigo Organico Tributario podemos comenzar a enterder las disposiciones generales explicadas.

Hoy en dia ha cobrado gran importancia e intereses entre los contribuyentes de impuestos nacionales el cumplimiento de los deberes formales por las actuaciones explicitas que impone la administración tributaria, con base a las disposiciones establecidas en el Código Orgánico Tributario y demás leyes y reglamentos de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Para enterder mejor cada una de las disposiciones que se establecen en Codigo Organico Tributario, se debe tener claro cuales son los deberes formales que deben cumplir los contribuyentes, responsables y terceros. Según el articulo 145 (C.O.T.) son:


Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir con los deberes formales relativos a las tareas de fiscalización e investigación que realice la Administración Tributaria y, en especial, deberán:


1. Cuando lo requieran las leyes o reglamentos:
a) Llevar en forma debida y oportuna los libros y registros especiales, conforme a las normas legales y los principios de contabilidad generalmente aceptados, referentes a actividades y operaciones que se vinculen a la tributación y mantenerlos en el domicilio o establecimiento del contribuyente.
b) Inscribirse en los registros pertinentes, aportando los datos necesarios y comunicando oportunamente sus modificaciones.
c) Colocar el número de inscripción en los documentos, declaraciones y en las actuaciones ante la Administración Tributaria o en los demás casos en que se exija hacerlo.
d) Solicitar a la autoridad que corresponda permisos previos o de habilitación de locales.
e) Presentar, dentro del plazo fijado, las declaraciones que correspondan.

2. Emitir los documentos exigidos por las leyes tributarias especiales, cumpliendo con los requisitos y formalidades en ellas requeridos.

3. Exhibir y conservar en forma ordenada, mientras el tributo no esté prescrito, los libros de comercio, los libros y registros especiales, los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos imponibles.

4. Contribuir con los funcionarios autorizados en la realización de las inspecciones y fiscalizaciones, en cualquier lugar, establecimientos comerciales o industriales, oficinas, depósitos, buques, aeronaves y otros medios de transporte.

5. Exhibir en las oficinas o ante los funcionarios autorizados, las declaraciones, informes, documentos, comprobantes de legítima procedencia de mercancías, relacionadas con hechos imponibles, y realizar las aclaraciones que les fueren solicitadas.

6. Comunicar cualquier cambio en la situación que pueda dar lugar a la alteración de su responsabilidad tributaria, especialmente cuando se trate del inicio o término de las actividades del contribuyente.

7. Comparecer a las oficinas de la Administración Tributaria cuando su presencia sea requerida.

8. Dar cumplimiento a las resoluciones, órdenes, providencias y demás decisiones dictadas por los órganos y autoridades tributarias, debidamente notificadas.

Una vez visto cada uno de los preceptos presentados por el código orgánico tributario es demás informar a los responsables que están obligados a cumplir con los deberes formales acatar las leyes exigidas por el Gobierno Nacional, de esta forma se evitara alguna sanción o multa que pueda incurrir en su empresa o negocio.



martes, 14 de abril de 2009

Medidas Económicas implementadas por el Gobierno Venezolano

El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez, anunció el día 21 de marzo del 2.009, las nuevas medidas económicas para hacer frente a la crisis financiera internacional. El Presidente expreso “Estas medidas están orientadas a luchar ante la Crisis Capitalista”.

Entre las medidas anti crisis tomadas se encuentran:
Reducir el gasto público e incrementar la producción de bienes y servicios. El anuncio “anti crisis” del gobierno venezolano incluyó una de ellas: se reducirá el gasto público (el presupuesto nacional) en un 6,7 por ciento desde 167,47 a 156,38 millardos de bolívares fuertes. El presupuesto de Venezuela para 2009 quedará ahora en 72,738 millones de dólares, frente a los 77,860 millones de dólares que se aprobó a fines del año pasado, indicó el mandatario.
En la reformulación del presupuesto, el precio del barril de petróleo quedó en 40 dólares, frente al de 60 dólares que se aprobó en 2008, y el volumen de producción se estimó ahora en 3,172,000 barriles diarios, “producto de los recortes que hemos tenido que hacer en la OPEP”, explicó.
Los ingresos petroleros principal fuente de divisas del país y que financian la mitad del presupuesto rondaron los 95,000 millones de dólares en 2008 y según expertos podrían caer a 55,000 millones de dólares este año. Cabe destacar que no menciono ninguna medida para estimular al sector privado a invertir para aumentar la producción, por lo que muy probablemente, el esfuerzo del gobierno para recortar el gasto público, difícilmente será suficiente para contener a la inflación.
Debido a que la inflación en 2008 terminó sobre el 30%. Se realizo un ajuste de la Unidad Tributaria, el cual se efectúa al principio de cada año (usualmente en enero) en base a la tasa de inflación acumulada del año anterior.

Los efectos que ocasionan las medidas tomadas por el Presidente son:


  • La declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR), para aquellas personas con ingresos anuales inferiores a las 1000UT.
  • Sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA), del 9% lo aumenta al 12%.
  • El cálculo de los Cesta Tickets.
  • Con el ajuste aumentan los timbres fiscales y todas aquellas tasas empleadas por los servicios prestados por registros, notarías, tribunales y otros entes públicos que implementen la unidad tributaria para su cálculo.
  • Todas aquellas sanciones calculadas en base a las unidades tributarias.
Como grupo de investigación y análisis de la situación económica del país, tenemos nuestras propias conclusiones ya que a través de las medidas implementadas por el Gobierno Venezolano en Marzo de 2009 dejan al pueblo venezolano ante la incertidumbre de una fuerte crisis financiera. Siendo Venezuela un país petrolero que genera alrededor del 80% de los ingresos por concepto de exportación, podríamos dar por sentado que la economía venezolana se encuentra en pleno auge, pero que a su vez se ve afectada por las decisiones tomadas por el Ejecutivo Nacional. El país es miembro fundador de la Organización de Países Exportadores de Petróleo y uno de los principales países productores en el planeta; ¿piensa usted que Venezuela podría sucumbir ante la crisis financiera que azota el mundo entero? Una pregunta bastante confusa para muchos pero sencilla para algunos venezolanos que enfrentan día a día un mejor porvenir para nuestro país. A todos ustedes, damas, caballeros y niños, les ofrecemos una esperanza, una alternativa, una opción ante lo dispuesto esa memorable fecha, no sucumbamos ante el pánico, nunca nos dejemos vencer, luchemos por un mejor futuro; pueden ser buenas o malas las decisiones implementadas por el Gobierno Nacional, lo cierto es, que luchando conjuntamente como una sociedad cívica y pacifica podemos encontrar la luz que esta buscando nuestro hermoso país.

Esperamos que sea de su agrado esta lectura y que además de obtener las herramientas para una economía que maximice sus ingresos y mejore aún más su calidad de vida, haya dejado una huella en su corazón, una reflexión que podrá compartir con nosotros a través de sus comentarios y con los demás lectores.

Gracias Los Inspectores

miércoles, 1 de abril de 2009

ULTIMAS NOTICIAS 01-04-09

La contribución de Petróleos de Venezuela por Impuesto Sobre la Renta del ejercicio fiscal 2008 cayó en 5,5%. Las cifras preliminares de PDVSA indican que el ISLR petrolero tuvo una disminución superior a Bs.F.1 millardo. En 2008, la empresa acumuló Bs.F.17,6 millardos por ese impuesto, mientras que el monto correspondiente a 2007 fue de Bs.F.18,7 millardos, que para ese momento se correspondía con Bs.18,7 billones (de los antiguos bolívares).

El Ministerio de Economía y Finanzas decretó dos emisiones de bonos de la deuda pública nacional por Bs.F.2,68 millardos, para financiar proyectos ejecutados por la administración pública y para reestructurar deuda interna. Las emisiones serán utilizadas para la colocación primaria, operaciones de canje o reapertura de emisiones ya emitidas y vigentes. El uso del financiamiento local por parte del Gobierno de Hugo Chávez para financiar su proyecto económico socialista ha generado un incremento de 1.106% de la deuda pública interna en los últimos 10 años.

EXPECTATIVAS SOBRE EL CURSO DE LEGISLACIÓN FISCAL VENEZOLANA

Nuestras expectativas para este semestre es obtener grandes conocimientos y manejar la teoría tributaria como impuestos y todas las leyes que se deben utilizar, así mismo aprender aplicar la teoría en las empresas y saber adaptarse a los continuos cambios relacionados con la "Legislación Fiscal" en el país decretados por el presidente Hugo Rafael Chávez Frías.

La Legislación Fiscal Venezolana nos va a permitir obtener conocimientos sobre las bases jurídicas que rigen el sistema fiscal y tributario venezolano, además de conocer y analizar las distintas instituciones y normas que rigen la misma. A través de este curso se espera estudiar a fondo la hacienda pública nacional, analizar los ingresos y gastos públicos de Venezuela, el derecho tributario, la obligación tributaria, la administración tributaria, los ilícitos tributarios y sus sanciones, la prescripción tributaria, la obligación tributaria, entre otras.

Esperamos con esta nueva modalidad para nosotros, poder aprovechar al máximo los conocimientos y las experiencias de todo nuestro grupo de clase, profesora y alumnos. Sin más nada que agregar nos despedimos de ustedes esperando sus comentarios.